Constitución de sociedades en Omán
Vías de constitución en el Sultanato de Omán - mainland y zonas francas - en cooperación con un despacho colaborador en Omán.
Constitución de sociedades en Omán
El despacho trata los asuntos relacionados con Omán en cooperación con un despacho colaborador en el Sultanato de Omán. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Omán; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Sultanato. La constitución en Omán se tramita ante el Ministerio de Comercio, Industria y Promoción de la Inversión, con regímenes distintos en las zonas francas (Duqm, Sohar y Salalah) y la zona económica especial de Duqm. Según la ley de inversión extranjera (Real Decreto n.º 50/2019), la propiedad extranjera total está disponible en la mayoría de los sectores. Definimos la vía según la actividad, la titularidad y el funcionamiento real.
Formas societarias
Las formas habituales según la ley de sociedades mercantiles (Real Decreto n.º 18/2019) incluyen la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y las sucursales de sociedades extranjeras. La forma adecuada depende de la actividad, la titularidad y el funcionamiento real - no de una plantilla regional.
Autorizaciones y secuencia
Licencias, autorizaciones e inscripción mercantil se ordenan antes de fijar una fecha de lanzamiento - una inscripción por sí sola no responde a cuestiones de sector o permisos operativos. Para la práctica en general, consulte Derecho mercantil y societario; para definir una constitución concreta, contacte con nuestro equipo.
Coordinación MENA
El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con una sucursal en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Qatar, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.
Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.
Preguntas frecuentes
¿Qué formas societarias hay en Omán?
Según la Ley de Sociedades Comerciales (Real Decreto n.º 18/2019), las formas habituales incluyen la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y sucursales de sociedades extranjeras. La forma adecuada depende de la actividad, la estructura de propiedad y las operaciones reales.
¿Cómo se establece un inversor extranjero en Omán?
La Ley de Inversión de Capital Extranjero (Real Decreto n.º 50/2019) permite la propiedad extranjera plena en la mayoría de los sectores. La vía aplicable y posibles exclusiones se verifican frente a la actividad antes de presentar.
¿Quién gestiona las constituciones en Omán en el despacho?
Los asuntos de Omán se gestionan en cooperación con el despacho asociado en el Sultanato. El despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer en Omán; las licencias y la representación local se evalúan caso por caso.
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