Constitución de sociedades en Qatar
Vías de constitución en el Estado de Qatar - continental, QFC y zonas francas - en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Qatar.
Constitución de sociedades en Qatar
El despacho trata los asuntos relacionados con Qatar en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Qatar. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Qatar; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Estado de Qatar. La constitución en Qatar se tramita ante el Ministerio de Comercio e Industria para las sociedades continentales, con marcos distintos para el Centro Financiero de Qatar (Qatar Financial Centre, QFC) y la Autoridad de Zonas Francas de Qatar (Qatar Free Zones Authority, QFZA). Según la Ley de Inversión de Capital Extranjero n.º 1 de 2019, la propiedad extranjera total es posible en la mayoría de los sectores con aprobación ministerial. Definimos la vía según la actividad, la titularidad y el funcionamiento real.
Formas societarias
Las formas habituales según la Ley de Sociedades Mercantiles n.º 11 de 2015, en su versión modificada, incluyen la sociedad de responsabilidad limitada (WLL), la sociedad anónima catarí y las sucursales u oficinas de representación de sociedades extranjeras; las entidades del QFC y de las zonas francas siguen sus propias reglas. La forma adecuada depende de la actividad, la titularidad y el funcionamiento real.
Autorizaciones y secuencia
Autorizaciones, estatutos e inscripción mercantil se ordenan antes de fijar una fecha de lanzamiento - una inscripción por sí sola no responde a cuestiones de sector o permisos operativos. Para la práctica en general, consulte Derecho mercantil y societario; para definir una constitución concreta, contacte con nuestro equipo.
Coordinación MENA
El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con su propia oficina en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Baréin y Omán, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.
Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.
Preguntas frecuentes
¿Qué formas societarias hay en Qatar?
Las formas habituales según la Ley n.º 11 de 2015 incluyen la sociedad de responsabilidad limitada (WLL), la sociedad anónima catarí y sucursales u oficinas de representación de sociedades extranjeras; las entidades del QFC y de zonas francas siguen sus propias reglas.
¿Cómo se establece un inversor extranjero en Qatar?
La inversión extranjera se rige por la Ley n.º 1 de 2019, que permite hasta la propiedad plena en la mayoría de los sectores con aprobación ministerial. Antes de presentar verificamos la vía - continental, QFC o zona franca - frente a la actividad.
¿Quién gestiona las constituciones en Qatar en el despacho?
Los asuntos de Qatar se gestionan en cooperación con el despacho asociado anunciado en Qatar. El despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer en Qatar; las licencias y la representación local se evalúan caso por caso.
Guías
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