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Resolución de disputas y arbitraje en Qatar

Resolución de disputas y arbitraje en el Estado de Qatar, en cooperación con un despacho colaborador en Qatar.

Resolución de disputas en Qatar

El despacho trata los asuntos relacionados con Qatar en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Qatar. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Qatar; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Estado de Qatar. En este marco, coordinamos la evaluación prejudicial, la negociación, el apoyo arbitral y la estrategia de litigio para disputas vinculadas a Qatar; las presentaciones y comparecencias ante los tribunales qataríes las realizan abogados habilitados localmente a través del despacho colaborador.

Tribunales y litigios en Qatar

Las disputas mercantiles las conocen los tribunales civiles y mercantiles del Estado de Qatar. Dentro del Qatar Financial Centre, las disputas civiles y mercantiles corresponden al Qatar International Court and Dispute Resolution Centre (QICDRC), un tribunal en inglés que aplica sus propias reglas procesales, con un centro especializado de resolución de disputas adjunto.

Arbitraje en Qatar

El arbitraje en materia civil y mercantil se rige por la Ley n.º 2 de 2017, que sigue la Ley Modelo de la CNUDMI. Las partes registradas en el Qatar Financial Centre pueden además arbitrar conforme al régimen de arbitraje del QFC administrado a través del QICDRC. Qatar es Estado parte de la Convención de Nueva York de 1958; los laudos se ejecutan a través de los tribunales qataríes competentes.

Antes de presentar una disputa

Partimos del expediente: contratos firmados, notificaciones, facturas y correspondencia, y la cláusula de jurisdicción o de arbitraje - incluida cualquier sede QFC - que determinará dónde se sustanciará el caso. Sobre esa base evaluamos las pretensiones y las perspectivas de ejecución y conducimos la negociación cuando un acuerdo sirve al cliente mejor que una sentencia. Para el trabajo contractual relacionado, consulte nuestra práctica de Derecho mercantil y societario y Derecho corporativo y mercantil en Qatar; para valorar una disputa concreta, contacte con nuestro equipo.

Coordinación MENA

El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con una sucursal en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Qatar, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.

Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.

Preguntas frecuentes

¿Qué ley rige el arbitraje en Qatar?

El arbitraje en materia civil y mercantil se rige por la Ley n.º 2 de 2017, que sigue la Ley Modelo de la CNUDMI. Las partes registradas en el QFC pueden además arbitrar conforme al régimen de arbitraje del Qatar Financial Centre administrado por el QICDRC.

¿Qué tribunal conoce de las disputas mercantiles del Qatar Financial Centre?

El Qatar International Court and Dispute Resolution Centre (QICDRC) conoce de las disputas civiles y mercantiles vinculadas al Qatar Financial Centre, aplicando sus propias reglas procesales en inglés.

¿El despacho tiene oficina en Qatar?

El despacho trata los asuntos relacionados con Qatar en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Qatar. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Qatar; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto.

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