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Resolución de disputas y arbitraje en Omán

Resolución de disputas y arbitraje en el Sultanato de Omán, en cooperación con un despacho colaborador en Omán.

Resolución de disputas en Omán

El despacho trata los asuntos relacionados con Omán en cooperación con un despacho colaborador en el Sultanato de Omán. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Omán; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Sultanato. En este marco, coordinamos la evaluación prejudicial, la negociación, el apoyo arbitral y la estrategia de litigio para disputas vinculadas a Omán; las presentaciones y comparecencias ante los tribunales omaníes las realizan abogados habilitados localmente a través del despacho colaborador.

Tribunales y litigios en Omán

Los asuntos mercantiles los conocen los tribunales omaníes que operan bajo el Consejo Superior del Poder Judicial, con las salas del tribunal comercial encargadas de las disputas societarias y comerciales. Los procedimientos judiciales en Omán se tramitan en árabe, por lo que los expedientes, contratos y pruebas deben prepararse teniendo en cuenta los requisitos de traducción y certificación.

Arbitraje en Omán

El arbitraje de las disputas civiles y mercantiles se rige por la ley promulgada por el Real Decreto n.º 47/97, modificada por el Real Decreto n.º 3/2007. El Oman Commercial Arbitration Centre (OAC), que opera bajo la Cámara de Comercio e Industria de Omán, administra el arbitraje institucional en el Sultanato. Omán es Estado parte de la Convención de Nueva York de 1958.

Antes de presentar una disputa

Partimos del expediente: contratos firmados, notificaciones, facturas y correspondencia, y la cláusula de jurisdicción o de arbitraje que determinará dónde se sustanciará el caso. Sobre esa base evaluamos las pretensiones y las perspectivas de ejecución y conducimos la negociación cuando un acuerdo sirve al cliente mejor que una sentencia. Para el trabajo contractual relacionado, consulte nuestra práctica de Derecho mercantil y societario y Derecho corporativo y mercantil en Omán; para valorar una disputa concreta, contacte con nuestro equipo.

Coordinación MENA

El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con una sucursal en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Qatar, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.

Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.

Preguntas frecuentes

¿Qué ley rige el arbitraje en Omán?

El arbitraje de las disputas civiles y mercantiles se rige por la ley promulgada por el Real Decreto n.º 47/97, modificada por el Real Decreto n.º 3/2007.

¿Qué institución administra el arbitraje en Omán?

El Oman Commercial Arbitration Centre (OAC), que opera bajo la Cámara de Comercio e Industria de Omán, administra el arbitraje institucional en el Sultanato.

¿El despacho tiene oficina en Omán?

El despacho trata los asuntos relacionados con Omán en cooperación con un despacho colaborador en el Sultanato de Omán. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Omán; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto.

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