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Inversión extranjera en Catar: constitución y licencias

Ley n.º 1 de 2019, aprobación ministerial y vías continental, QFC y zonas francas para el inversor extranjero.

Capital extranjero en Catar

El despacho trata los asuntos relacionados con Qatar en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Qatar. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Qatar; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Estado de Qatar. La inversión extranjera se rige por la Ley de Inversión de Capital Extranjero n.º 1 de 2019, que en la mayoría de los sectores permite una participación extranjera de hasta el 100 % con aprobación del ministro. La constitución de sociedades continentales se tramita a través del Ministerio de Comercio e Industria.

Territorio continental, QFC o zona franca

El Centro Financiero de Catar (QFC) y la Autoridad de Zonas Francas de Catar (QFZA) ofrecen marcos separados, y las entidades del QFC y de las zonas francas siguen sus propias normas. Las sociedades continentales se rigen por la Ley de Sociedades Mercantiles n.º 11 de 2015, modificada (entre otras, por la Ley n.º 8 de 2021), con formas como la sociedad de responsabilidad limitada (WLL), la sociedad anónima catarí y las sucursales u oficinas de representación de sociedades extranjeras.

Autorizaciones y forma de trabajo

Delimitamos la vía según la actividad, la titularidad y el funcionamiento real, y después ordenamos la aprobación ministerial, los estatutos y el registro mercantil junto con nuestro despacho colaborador en Catar antes de comprometer una fecha de lanzamiento. Un registro mercantil no responde por sí solo a las cuestiones de sector o de permisos operativos. Para la constitución, véase Constitución de sociedades en Qatar; para la práctica más amplia, véase Derecho mercantil y societario; para delimitar un proyecto, contacte con nuestro equipo.

Coordinación MENA

El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con una sucursal en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Qatar, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.

Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.

Preguntas frecuentes

¿Puede un inversor extranjero ser titular del 100 % de una sociedad catarí?

La Ley n.º 1 de 2019 permite en la mayoría de los sectores una participación extranjera de hasta el 100 % con aprobación del ministro. Depende del sector y se comprueba antes de presentar la solicitud.

¿Qué son el QFC y la QFZA?

El Centro Financiero de Catar (QFC) y la Autoridad de Zonas Francas de Catar (QFZA) ofrecen marcos distintos de la constitución continental. Las entidades del QFC y de las zonas francas siguen sus propias normas.

¿Quién lleva los asuntos de inversión en Catar en el despacho?

Los asuntos de Catar se llevan en cooperación con el despacho colaborador anunciado en Catar. El despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Catar; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto.

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