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Inversión extranjera en los Emiratos: constitución y licencias

Vías continental, de zona franca y offshore para el inversor extranjero en los Emiratos, y qué cambió con la reforma de 2021.

Tres vías de entrada a los Emiratos

El despacho trata los asuntos relacionados con los Emiratos Árabes Unidos en cooperación con un despacho colaborador anunciado en los Emiratos Árabes Unidos. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en los Emiratos; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto. Los Emiratos ofrecen tres vías: la constitución en territorio continental (mainland) a través del departamento económico del emirato elegido, la constitución en zona franca (incluidas zonas francas financieras como el DIFC y el ADGM) y los registros offshore. Desde las modificaciones de 2021 de la Ley de Sociedades Mercantiles, la mayoría de las actividades continentales permiten la titularidad extranjera total.

Territorio continental o zona franca

Con arreglo al Decreto-Ley Federal n.º 32 de 2021, los requisitos varían según la forma y la jurisdicción. Las formas habituales incluyen la sociedad de responsabilidad limitada, las sociedades anónimas privadas y públicas, las sucursales de sociedades extranjeras y las entidades de zona franca. La elección se hace según cómo operará realmente el negocio - mercado objetivo, necesidades de visados y de oficina - y no a partir de una plantilla.

Licencias y forma de trabajo

Una licencia comercial no responde por sí sola a las cuestiones de sector o de permisos operativos. Preparamos el expediente del inversor y ordenamos tipo de licencia, autorizaciones y registros junto con nuestro despacho colaborador en los Emiratos antes de comprometer una fecha de lanzamiento. Para la constitución, véase Constitución de sociedades en los EAU; para la práctica más amplia, véase Derecho mercantil y societario; para delimitar un proyecto, contacte con nuestro equipo.

Coordinación MENA

El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con una sucursal en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Qatar, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.

Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.

Preguntas frecuentes

¿Puede un inversor extranjero ser titular del 100 % de una sociedad en los Emiratos?

Desde las modificaciones de 2021 de la Ley de Sociedades Mercantiles, la mayoría de las actividades continentales permiten la titularidad extranjera total. Si una actividad concreta está incluida se comprueba antes de presentar la solicitud.

¿Qué diferencia hay entre constituir en territorio continental y en zona franca en los Emiratos?

La constitución continental se tramita a través del departamento económico del emirato elegido; la constitución en zona franca, incluidos el DIFC y el ADGM, sigue las normas de la zona correspondiente. La vía adecuada depende de la actividad, las necesidades de visados y de oficina y el mercado objetivo.

¿Quién lleva los asuntos de inversión en los Emiratos en el despacho?

Los asuntos emiratíes se llevan en cooperación con el despacho colaborador anunciado en los Emiratos. El despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en los Emiratos; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto.

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