EAU

Entrada en el mercado de EAU: ¿onshore o zona franca?

18 de octubre de 2026

Desde que la titularidad extranjera plena entró en vigor con el Decreto-Ley Federal n.º 32 de 2021 de Sociedades Comerciales, en su redacción vigente, la pregunta ya no es "¿puedo ser dueño de mi empresa?" sino "¿dónde la constituyo?": onshore, una zona franca o un centro financiero. Una respuesta equivocada cuesta una reestructuración completa más adelante. Esta consulta precede a la decisión.

Modelos de entrada disponibles

Una sociedad onshore con titularidad extranjera plena en la mayoría de las actividades. Una sociedad de zona franca entre más de cuarenta zonas de distintas especializaciones. Una sucursal de una sociedad extranjera existente. O distribución y agencia sin entidad, con atención cuidadosa al régimen de agencias comerciales. Cada modelo tiene su propio coste, alcance operativo y límites geográficos, y la elección parte de su actividad real, no de la oferta más barata.

El territorio onshore

La constitución onshore abre todo el mercado local sin restricciones de alcance, con titularidad extranjera plena en la mayoría de las actividades salvo las actividades de impacto estratégico definidas, con sus propias condiciones. La licencia la expide el Departamento de Desarrollo Económico del emirato correspondiente, y algunas actividades exigen aprobaciones adicionales de reguladores sectoriales federales o locales antes de empezar a trabajar.

Zonas francas y centros financieros

Las zonas francas convienen a la actividad exportadora y especializada: constitución rápida, paquetes de oficina flexibles y titularidad plena, con reglas claras para operar dentro del mercado local. Las dos zonas francas financieras (el Dubai International Financial Centre y Abu Dhabi Global Market) operan sus propios sistemas jurídicos y tribunales sobre fundamentos del common law inglés, la elección habitual para actividades financieras y estructuras holding regionales.

Lo que fija la consulta

La actividad precisa y su licencia correcta. Dónde están realmente sus clientes: locales o internacionales. Requisitos de visados y oficina. La cuenta bancaria y su documentación. El tratamiento fiscal de cada vía, incluidas las condiciones del trato cualificado en las zonas francas. La decisión de ubicación se construye sobre estos hechos en conjunto, no sobre la oferta promocional de una zona.

Errores frecuentes

Elegir una zona franca por su precio y descubrir después la prohibición de tratar directamente con el mercado local. Constituir onshore sin mapear antes las aprobaciones sectoriales de la actividad. Suponer que la cuenta bancaria es una formalidad. Construir toda la estructura alrededor de un incentivo fiscal sin verificar las condiciones para conservarlo.

Vea también: constitución de sociedades en los EAU y nuestra práctica mercantil y societaria.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un socio emiratí?

En la mayoría de las actividades onshore, no: se mantiene la titularidad extranjera plena, con excepciones concretas revisadas por actividad.

¿Onshore o zona franca?

Depende de su actividad y sus clientes: el trabajo directo con el mercado local se inclina por onshore; la actividad internacional y especializada estudia primero las zonas francas.

¿Cuánto tarda la constitución?

Días en muchas zonas francas; semanas onshore según la actividad y las aprobaciones.

¿Tienen oficina en EAU?

Atendemos a nuestros clientes a través de nuestros socios en EAU, con su expediente gestionado íntegramente a distancia por nuestro equipo.

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