Derecho laboral y del empleo en Arabia Saudí
Asuntos de derecho laboral y del empleo en Arabia Saudí, en cooperación con un despacho socio en el Reino.
Derecho laboral y del empleo en Arabia Saudí
El despacho trata los asuntos relacionados con Arabia Saudí en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Arabia Saudí. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Arabia Saudí; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Reino. Asesoramos en asuntos de derecho laboral saudí: contratos de trabajo, período de prueba, jornada y vacaciones, normas internas, extinciones e indemnizaciones por fin de servicio. Lo que exige representación local o actos regulados se canaliza a través del despacho socio.
El marco laboral en Arabia Saudí
El Código del Trabajo saudí fue dictado por el Decreto Real n.º M/51 de 23/8/1426 H. El Decreto Real n.º M/44 de 8/2/1446 H modificó varios de sus artículos; publicado en el Boletín Oficial el 23 de agosto de 2024, se aplica desde el 19 de febrero de 2025, junto con el reglamento de desarrollo actualizado por la Decisión Ministerial n.º 115921/1446. El Ministerio de Recursos Humanos y Desarrollo Social (MHRSD) es el ministerio competente.
Contratos, plataforma Qiwa y conflictos
Los contratos de trabajo en el Reino se documentan a través de la plataforma Qiwa del ministerio, que ha emitido normas de cumplimiento actualizadas para los contratos de trabajo. Los contratos y normas internas redactados antes de las reformas de 2025 deben releerse con el texto vigente, en particular en materia de extinción y dimisión. Cómo avanza una controversia concreta se valora caso por caso con el despacho socio.
Trabajar con nosotros
Los empleadores extranjeros suelen necesitar una revisión breve de su contrato tipo antes de usarlo en el Reino. Para una controversia ya en curso, consulte nuestra práctica de resolución de conflictos o la página Derecho comercial y societario, o contacte con nuestro equipo.
Coordinación MENA
El despacho se fundó en Kuwait en 1986 y cuenta con una sucursal en El Cairo. Cubre asuntos de la región MENA en cooperación con despachos colaboradores en Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y Qatar, así como en Turquía y Estados Unidos. Estos despachos colaboradores no son sucursales propias; las licencias y el asesoramiento local se evalúan en cada jurisdicción.
Esta página es información general y no constituye asesoramiento para una entidad o una operación concreta.
Preguntas frecuentes
¿Qué ley regula el empleo en el sector privado en Arabia Saudí?
El Código del Trabajo dictado por el Decreto Real n.º M/51 de 23/8/1426 H, con sus modificaciones, la última por el Decreto Real n.º M/44 de 8/2/1446 H.
¿Desde cuándo se aplican las reformas de 2025 del Código del Trabajo saudí?
Las modificaciones del Decreto Real n.º M/44 se aplican desde el 19 de febrero de 2025, con el reglamento de desarrollo actualizado por la Decisión Ministerial n.º 115921/1446.
¿Tiene el despacho oficina en Arabia Saudí?
El despacho trata los asuntos relacionados con Arabia Saudí en cooperación con un despacho colaborador anunciado en Arabia Saudí. Este despacho colaborador no es una sucursal propia, y el despacho no posee por sí mismo una licencia para ejercer la abogacía en Arabia Saudí; las licencias y la representación local se evalúan para cada asunto en el Reino.
Otros mercados
Derecho corporativo y mercantil en Arabia Saudí · Derecho laboral y del empleo en Egipto · Derecho laboral y del empleo en los EAU · Derecho laboral y del empleo en Qatar · Derecho laboral y del empleo en Omán · Derecho laboral y del empleo en Baréin